martes, 30 de mayo de 2017

LA COLONIA DE PUERTO RICO, ¿QUÉ TIPO DE COLONIA?


De: Andrés de Bustamante, San Juan de Puerto Rico

Una de las aseveraciones más comunes y corrientes sobre la condición política de Puerto Rico es que durante sus más de cinco siglos de historia es y ha sido una colonia. Hasta el eminente jurista y escritor José Trías Monge, quien fue uno de los arquitectos de la actual relación colonial que hoy sufrimos los puertorriqueños desde el 1952, bautizo en sus escritos a Puerto Rico como; «La colonia más vieja del mundo» [1]. Y esta aseveración es cierta, Puerto Rico es y ha sido una colonia. Sin embargo, esta palabra -colonia- hay que evaluarla adecuadamente ya que su significado ha cambiado con el pasar del tiempo. Actualmente esta palabra tiene diferentes definiciones o connotaciones políticas que se le han añadido con el pasar del tiempo. Igualmente, Puerto Rico ha tenido diferentes formas de relación colonial en su historia, particularmente desde el 1898 donde la isla fue invadida por un ejército extranjero.

Para distinguir entre las posibles definiciones de la palabra -colonia- utilizaré las definiciones que nos ofrece la Real Academia Española de la Lengua [2], que es una fiable y bien reputada institución. Dentro de las definiciones de ordenamiento político esta provee dos particulares conceptos o posibilidades para la palabra colonia.

Un PRIMER concepto se refiere a una población o proyección de la urbe en territorios lejanos. Sus definiciones son; (1) Conjunto de personas procedentes de un territorio que van a otro para establecerse en él., (2) Territorio o lugar donde se establecen estas personas., (5) Conjunto de los naturales de un país, región o provincia que habitan en otro territorio. En adelante le llamaré “colonia de población”.

El SEGUNDO concepto, uno más reciente y se refiere a un dominio o conquista territorial de
explotación. Sus definiciones oficiales son; (3) Territorio fuera de la nación que lo hizo suyo, y
ordinariamente regido por leyes especiales., (4) Territorio dominado y administrado por una potencia extranjera. En adelante le llamaré a esta condición “colonia de explotación”.La palabra -colonia- nos llega directamente del latín y proviene de “colonus” que significa labrador [2]. (Es importante notar que la palabra colonia y sus definiciones no guardan relación con la gesta que en 1492 llevo a cabo el Almirante Cristobal Colón. Aunque para la hispanidad es prácticamente imposible olvidar aquel evento auspiciado y realizado por las Españas.)

En aquel Imperio Romano donde nacen gran parte de
Andrés de Bustamante
nuestra cultura, lengua, conceptos políticos, jurisprudencia y derechos ciudadanos, entre otras tantas disciplinas y quehaceres, una -colonia- era una división administrativa del imperio. Este término hoy es parte del nombre de la ciudad de Colonia en Alemania, fundada por Roma y entonces llamada Colonia Claudia Ara Agrippinensium.Igualmente podemos mencionar a Córdoba, fundada como Colonia Patricia Corduba o la Colonia Iulia Vrbs Triumphalis Tarraconensis, hoy Tarragona. Aquellas jurisdicciones romanas eran reglamentadas por una carta de fundación legislativa y por las instituciones del propio pueblo romano.


Las colonias romanas, entonces eran consideradas como una categoría política de prestigio dentro del ordenamiento político y civil romano. Estas eran una analogía o proyección de la propia ciudad de Roma. Esta era el concepto que España tuvo de sus colonias; particularmente en la América que una vez forjó y que fueron organizadas desde el siglo XVII como virreinatos, una división administrativa que permitían atender las necesidades de estos territorios en el Nuevo mundo de una manera paralela y bastante similar a la administración pública que se llevaba a cabo en la Península. Pero que a su vez otorgaba la flexibilidad administrativa necesaria a esas tierras de las Españas que entonces se encontraban tan distantes y apartadas de la Península. Por tal razón las colonias españolas en aquellos virreinos eran parte de las Españas y eran España. Igualmente los residentes de aquellas colonias de población eran ciudadanos españoles en igualdad de condiciones a los residentes de la Península.


Sin embargo, actualmente la palabra -colonia- ha pasado a ser un término peyorativo. Particularmente luego de la Segunda Guerra mundial donde los grandes poderes “coloniales” europeos (Inglaterra, Francia, Holanda, Bélgica, Alemania e Italia) se vieron forzados a reconocer sus nefastas prácticas imperialistas alrededor del mundo. Estas naciones para finales del siglo XIX, durante la llamada Era del imperialismo europeo, desesperadamente procuraban recursos naturales para sustentar sus emergentes economías industriales. Durante esta época se dieron a la tarea de dominar y subyugar otras naciones menos adelantadas alrededor del mundo, particularmente en Africa y Asia. El objetivo de estos “poderes coloniales” era la explotación económica de las riquezas y recursos naturales de las naciones sometidas, mediante el control de sus endebles aparatos políticos y/o sociales. Muchas de estas naciones justificaron su proceder contra las naciones explotadas y/o menos desarrolladas con “nobles” justificaciones de índole cultural y de civilización. Pero la verdad es que estas empresas solo servían los intereses imperiales de aquellos poderes europeos y con muy poca consideración para el futuro desarrollo o el bienestar de las naciones víctimas de la explotación. Normalmente las naciones sometidas, las colonias de explotación, quedaban política y militarmente sometidas a los unilaterales designios del poder colonial sin ningún tipo de opción política o social, aparte de una desigual lucha armada.

Entonces, ¿qué tipo de colonia era Puerto Rico durante los tiempos de España? La clara respuesta es que Puerto Rico entonces era una colonia de población o una proyección de España en América. Durante aquella época, cuando Puerto Rico era una Provincia de Ultramar, los puertorriqueños éramos españoles en igualdad de condiciones y derechos a todos los españoles y en igualdad a las demás provincias en la Península ibérica. Para el 1898 Puerto Rico tenía tres-(3) senadores y dieciséis-(16) diputados en las Cortes Generales de España, por lo que éramos parte integral de la administración de nuestra entonces patria española, como eran las demás provincias allá en Europa. Igualmente los ciudadanos de Puerto Rico eran tan ciudadanos españoles como los demás españoles en la Península, Cuba y Filipinas. No estando sometidos a poderes o controles significativamente diferentes a los tenían los residentes de la España peninsular, teniendo igualdad de representación política con las demás provincias y siendo culturalmente similares a ambos lados del Atlántico, los puertorriqueños éramos una proyección de España en el Nuevo mundo e igualmente españoles. Esta distinción colonial de ser una proyección de España, es la que tuvo Puerto Rico hasta 1898, al igual que lo tuvieron Cuba y las Filipinas allá en Asia.

Sin embargo, muchos razonablemente exponen que la Carta Autonómica que España le otorgó a Puerto Rico en 1897 se cuenta la palabra -colonial- un total de 45 veces, mientras que el término -provincial- es utilizado solo en 12 ocasiones. Obviamente siendo Puerto Rico una proyección de España en tierras lejanas, la definición prevaleciente de la palabra colonia como una proyección en tierras lejanas o colonia de población, era la intención y definición correcta a finales del siglo XIX. Sencillamente, en aquella época la definición de colonia de explotación o de conquista territorial no era parte de léxico político que prevalecía al momento. Tampoco una colonia de explotación describía la realidad política de Puerto Rico en el siglo XIX, como tampoco era la realidad en Cuba y Filipinas. Así mismo la colonia de explotación no era parte del desarrollo que España tuvo con sus tierras, particularmente en la América que fundó.

La verdad es que aquella Carta Autonómica le otorgó a la Provincia de Ultramar de Puerto Rico, el primer estatuto autonómico de toda España. Un estatuto que en pleno siglo XIX le extendió a nuestra isla poderes políticos y económicos que en el siglo XXI y bajo el dominio de la más poderosa “democracia del mundo” no hemos alcanzado, ni tenemos esperanza alguna de lograr. Y aún previo a aquella Carta Autonómica ostentábamos poderes políticos reales en España; teníamos poderes de gobierno local y administración pública los cuales desde 1898 hemos perdido. Una realidad que contrasta marcadamente con la penosa debilidad política que hoy vivimos los puertorriqueños.

El 25 de julio de 1898, Puerto Rico fue invadido militarmente por el ejercito de una nación extranjera y de distinta cultura, los Estados Unidos de Norteamérica. Desde entonces la realidad de una colonia de explotación es la que describe la ya centenaria relación política de Puerto Rico. Invasión que fue motivada principalmente por los intereses expansionistas e imperialistas de aquella nación. Habiendo sido Puerto Rico un lucrativo mercado para el siglo XIX, los Estados Unidos procuraron acaparar el mercado que la Isla les ofrecía. Expandieron y desplazaron los hacendados a favor de los grandes intereses comerciales que entonces existían para la producción de azúcar de caña. Secuestraron las ganancias de la producción del ron y administraron sus arbitrios, con los que aún hoy sufragan los costos de la Aduana. En fin, consiguieron un mercado cautivo para el beneficio casi exclusivo de selectos intereses comerciales en los Estados Unidos y con muy poca consideración para los intereses de los puertorriqueños, que carecen de poderes reales dentro de la nación que hoy controla unilateralmente su destino.

En el léxico político del siglo XXI y de política actual, Puerto Rico es una colonia y colonia de
explotación. Es decir, existe bajo una condición de dominio extranjero. Una relación política de
dominación casi total donde los Estados Unidos rige y controla la isla desde que la invadió en 1898. Y bajo esta relación, las prerrogativas de Puerto Rico en temas sociales, económicos y políticos son mínimas, en el mejor de los casos. Claramente, la segunda definición contenida por la RAE para el término de colonia, de explotación, es la que describe la relación política actual que hoy sufre Puerto Rico. Una relación que es y ha sido eminentemente imperialista y que inicialmente estuvo enmarcada con un alto grado de revisión cultural.

También se puede argumentar que Puerto Rico es una neo-colonia; término se dice fue acuñado por Kwame Nkrumah y posteriormente elaborado ampliamente por Jean Paul Sartre y Noam Chomsky [4]. Esencialmente esto es una jurisdicción sometida a los designios comerciales y capitalistas de una nación más poderosa y/o a los intereses comerciales de empresas extranjeras. Una situación que acaba comprometiendo el bienestar y desarrollo futuro de la nación dominada. Y ciertamente Puerto Rico cumple con los requisitos de esta definición. Sin embargo, la definición de una neo-colonia falla en describir y capturar adecuadamente la realidad de dominación e incapacidad política que sufre Puerto Rico desde el 1898, cuando la Isla fue cedida cual «botín de guerra» en aquel Tratado de París [5]. Desde entonces, la realidad política ha estado anclada sobre un dominio político total por parte de un invasor extranjero y con un sometimiento casi absoluto a los unilaterales designios del Congreso federal bajo su Cláusula territorial [6] y sin ningún tipo de voz o poder político real dentro de esa estructura de poder. Por lo tanto, el control económico y comercial que sufren las neo-colonias, en el caso de Puerto Rico es solo la inevitable consecuencia de la dominación política directa que sufre desde el 1898. La realidad de una colonia de explotación, en pleno siglo XXI y bajo los auspicios de la ¨democracia¨ más grande del mundo.

Habiendo visto los conceptos que abarca la palabra colonia, bien sea una colonia de población de la urbe en tierras lejanas o como colonia de explotación, podemos distinguir adecuadamente las diferentes relaciones coloniales que Puerto Rico ha tenido en sus más de quinientos años de historia. Una realidad colonial siendo parte de la nación que la forjó y en igualdad de condiciones a los demás ciudadanos. Otra realidad como un «botín de guerra» el cual ha sido no más que un mercado cautivo para algunos intereses comerciales de la nación invasora.

Por lo tanto, históricamente Puerto Rico siempre ha sido una colonia. Pero no siempre el mismo tipo de colonia.

Referencias;
[1] TRÍAS MONGE, José; Puerto Rico: Las penas de la colonia más antigua del mundo.
Editorial de la Universidad de Puerto Rico, Introducción XX-XXI, 2005, ISBN: 0-8477-0340-1.
[2] Portal de la Real Academia de la Lengua, <http://lema.rae.es/drae/?val=colonia>,
[consulta: abril 2015].
[3] CORNELL, Tim, MATTHEWS, Johb; Roma: Legado de un imperio. Barcelona, 1993, ISBN 84-7583-361-6.
[4] Wikipedia, La Enciclopedia Libre, <http://es.wikipedia.org/wiki/Neocolonialismo>,
[consulta: abril 2015].
[5] LexJuris, <http://www.lexjuris.com/LEXLEX/lexotras/lextratadoparis.htm>.
[consulta: abril 2015],
[6] Constitución de los Estados Unidos de Norteamérica;
Articulo IV, Sección 3, Cláusula 2. Propiedad federal y la cláusula territorial
El Congreso tendrá facultad para disponer y formular todos los reglamentos y reglas
necesarios con respecto al Territorio y otros bienes que pertenezcan a los Estados
Unidos, y ninguna parte de esta Constitución será interpretada de manera que cause
perjuicio a los derechos reclamados por los Estados Unidos o por cualquier Estado
individual.

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